A- de 2022
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Fiduagraria Sa Y Otros Inegrantes Del Consorcio De Remanentes Telecom Patrimonio Autonomo Y Teleasociadas En Liquidacion·Demandado Larrarte Sandoval Jose Maria
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conflictos sobre sistema de seguridad social integral de trabajadores oficiales, independientes o del sector privado
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Veintidós Civil Municipal y el Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito, ambos de Cali.
La controversia entre los precitados despachos se originó en la existencia de un proceso judicial que versa sobre una acción de reembolso que tiene origen en un conflicto de la seguridad social de un trabajador oficial.
La Sala encontró que el presunto valor pagado, del cual ahora se pretende su reembolso, se derivó de una relación de la seguridad social, procedente de un contrato de trabajo, entre el demandado y TELECOM.
Al ser el demandado un trabajador oficial, prima facie, la regla de competencia aplicable en el caso es la cláusula general del artículo 2° del Código Procesal del Trabajo.
Con fundamento en lo anterior, la Corte dirimió el conflicto de jurisdicciones de la referencia declarando que le corresponde a la jurisdicción ordinaria en su especialidad laboral conocer el proceso promovido por Fiduagraria S.A.
En consecuencia, le remitió el expediente al Juzgado Quinto Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Cali, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Veintidós Civil Municipal de Cali y el Juzgado
- Tercero. Administrativo Oral de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado
- Quinto. Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Cali conocer del proceso promovido por Fiduagraria S.A. en contra del señor José María Larrarte Sandoval.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-314 al Juzgado
- Quinto. Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Cali, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Veintidós Civil Municipal de Cali, al Juzgado
- Tercero. Administrativo Oral de la misma ciudad y a los sujetos procesales dentro del proceso correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.